martes, 5 de julio de 2011

PRESTACIONES POR DESEMPLEO


Existen dos tipos de prestaciones por desempleo: a nivel contributivo y a nivel asistencial. La primera se conocerá como la prestación por desempleo, lo que comúnmente es cobrar el paro. La segunda se conocerá como el subsidio por desempleo. Vayamos por partes:

La prestación por desempleo a nivel contributivo se cobra cuando se ha cotizado un mínimo de 365 días. La duración variará según los años trabajados, pero el máximo se estipulará en 2 años. Una vez pasado los dos años se dejará de cobrar esta prestación. La cuantía dependerá de la base de cotización y todo se calculará desde las oficinas de empleo de cada comunidad autónoma. Las prestaciones en general son competencia del Servicio Público de Empleo Estatal al ser políticas “Pasivas de Empleo”. Las políticas “Activas” (Orientación, Intermediación y Formación) están transferidas en Andalucía y son gestionadas por el Servicio Andaluz de Empleo.


El subsidio por desempleo se cobrará cuando no se tenga derecho a prestación. Las situaciones en las que se podrá acceder a esta ayuda son las siguientes:
• Si usted ha agotado una prestación de nivel contributivo y continúa sin trabajo.
• Si tiene 52 años cumplidos y ha trabajado los años necesarios para poder cobrar una jubilación.
• Si ha estado trabajando en el extranjero o si se quiere marchar a otro país.
• Si es trabajador extranjero y reside en España.
• Si ha cotizado desempleo entre 180 y 359 días, o entre 90 y 179 días y tiene responsabilidades familiares.
• Si ha estado en prisión o centro de internamiento de menores, ha trabajado fuera de la UE, le ha sido retirada una pensión de incapacidad.
• Si está en situación económica de necesidad y no tiene derecho a otra prestación o subsidio de desempleo.
• Si es usted un trabajador agrario con carácter temporal y reside en Andalucía o Extremadura.
• Si usted es víctima de violencia de género.
Uno de los requisitos comunes para cobrar el subsidio, en la mayoría de los casos, es el de carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (481,05€/mes para 2011). Tenéis toda la información en los enlaces que os ido dejando en el texto.

1 comentario:

  1. el desempleo ahora es uno de los problemas de la humanidad, hay un monton de gente que no tiene ingresos estable, ya no digo nada sobre los ahorros. Y las empresas como https://freezl.es/minicreditos se aprovechas de las situsiaciones inesperadas de la vida de la gente les da los préstamos con increibles intereses. Con la gente se mete más y más en deudas. Es increible, pero es un desastre

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