domingo, 24 de febrero de 2013

Resumen de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. Primera parte.


Este sábado 23 de febrero de 2012 el Boletín Oficial del Estado ha publicado las medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
 Paso a resumir algunos de sus aspectos más destacables en relación con el fomento del emprendizaje. En consecutivas entradas iré comentando el resto de medidas que se desarrollan en este Real Decreto y que tienen que ver tanto con el fomento de la contratación, como en cambios sustanciales en la intermediación laboral..  

Medidas de desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven

El capítulo 1 nos habla de Fomento del emprendimiento y el autoempleo. Pasemos a enumerar las medidas:
·       
          Reducción de cuotas a la seguridad social en los siguientes términos:

  •            Menores de 30 años de edad, o menores de 35 años en el caso de mujeres, se aplicará sobre la cuota por contingencias comunes que corresponda, en función de la base de cotización elegida y del tipo de cotización aplicable, según el ámbito de protección por el que se haya optado, una reducción, durante los 15 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 30 % de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, y una bonificación, en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción, de igual cuantía que ésta.
  •            Alternativamente al sistema de bonificaciones y reducciones establecido en el apartado anterior, los trabajadores por cuenta propia que tengan menos de 30 años de edad y que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los cinco años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, podrán aplicarse las siguientes reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes, excepto en la incapacidad temporal, resultante de aplicar a la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, por un período máximo de 30 meses, según la siguiente escala:

a) Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta.
b) Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período señalado en la letra a).
c) Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra b).
d) Una bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción. Lo previsto en el presente apartado no resultará de aplicación a los trabajadores por cuenta propia que empleen trabajadores por cuenta ajena.

Otro elemento que me ha resultado llamativo es el siguiente:

Compatibilización por los menores de 30 años de la percepción de la  prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia.

Los  beneficiarios de la prestación por desempleo de nivel contributivo que se constituyan como trabajadores por cuenta propia, podrán compatibilizar la percepción mensual de la  prestación que les corresponda con el trabajo autónomo, por un máximo de 270 días, o  por el tiempo inferior pendiente de percibir, siempre que se cumplan los requisitos y  condiciones siguientes:
a) Que el beneficiario de la prestación por desempleo de nivel contributivo sea  menor de 30 años en la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia y no tenga  trabajadores a su cargo.
b) Que se solicite a la entidad gestora en el plazo de 15 días a contar desde la fecha  de inicio de la actividad por cuenta propia, sin perjuicio de que el derecho a la  compatibilidad de la prestación surta efecto desde la fecha de inicio de tal actividad.
Transcurrido dicho plazo de 15 días el trabajador no podrá acogerse a esta compatibilidad.

En resumen, éstas son las medidas más llamativas para el fomento del emprendimiento en los jóvenes españoles.

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