viernes, 18 de marzo de 2016

Dos maneras de facturar sin ser autónomos


Todos sabemos que es complicado emprender en España y que un autónomo paga un dineral en cuotas independientemente de lo que ingrese. Medidas como la tarifa plana pueden ayudar en algunos inicios; no obstante, montar tu propia empresa sigue siendo una carrera de obstáculos.

¿Es necesario darse de alta como autónomo aunque ingreses poca cantidad de dinero? Pues no. Si eres un freelance, existen dos formas de facturar sin estar dado de alta como tal siempre que nuestros ingresos no superen el Salario Mínimo Interprofesional. Veamos cuáles son nuestras opciones.

En primer lugar, cabe la posibilidad de emitir facturas -estamos obligados a ello, eso sí- una vez que nos registremos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. La Agencia Tributaria expone lo siguiente:

El inicio de actividades económicas origina un conjunto de obligaciones fiscales, entre ellas las de carácter censal, exigidas en el ámbito estatal para las personas o entidades que las desarrollan.
Quienes vayan a realizar actividades u operaciones empresariales o profesionales o abonen rendimientos sujetos a retención deben solicitar, antes del inicio, su inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Este censo forma parte del Censo de Obligados Tributarios.

Por lo tanto, cobrar menos del SMI no quiere decir que no se tengan obligaciones fiscales, tales como el abono del IVA cuando corresponda.

En segundo lugar, estaría la opción de ser socio de una Cooperativade trabajo asociado. Los trabajos los factura la cooperativa y nosotros tendremos una nómina por ser socio trabajador, con todo lo que ello conlleva: tener derecho a paro como trabajador asalariado, por ejemplo. De este modo, seríamos un profesional más de la cooperativa y no un profesional independiente, tal y como nos explica Infoautónomos. Según la web especializada, un socio de la cooperativa, pagaría lo siguiente:

  • Una cuota de socio.
  • Los costes de la Seguridad Social por lo días que estuvo trabajando.
  • Un 2% de IRPF, que es lo que está establecido para los ingresos con menos de 11.700 euros al año.
  • Gastos de gestión.
  • Porcentaje por Impuesto de sociedades.
La cooperativa nos abonaría el dinero una vez que hubiera cobrado la factura del trabajo que hemos realizado. No nos olvidemos del hecho de que si cobramos más del SMI, sí estamos obligados a darnos de alta. No parece lógico, porque lo mismo me da cobrar 700 euros al mes que 820. Siempre he opinado que un autónomo debe pagar en función de sus ingresos. Casi todos los partidos políticos han prometido cambiar esto. En vez de estar peleándose por lo sillones, deberían empezar a cambiar situaciones como esta ya.

Más lecturas sobre le tema: 



2 comentarios:

  1. Muchas gracias, Héctor. Me ha resultado una información muy útil. Saludos y felices vacaciones.

    ResponderEliminar

"¿El fin de la Historia?" Síntesis del artículo de Fukuyama

  Fukuyama publicó el artículo “¿El fin de la historia?” en 1990. Hacía poco tiempo que cayó el muro de Berlín,  por lo que parece que la ge...