sábado, 30 de junio de 2012

Izquierda Unida y el Dilema del Prisionero.

El pacto de gobierno PSOE e IU en Andalucía abría una puerta hacia cierta “esperanza” de que se podían hacer las cosas de otra manera, o sea, no recortando. A pesar de que el gobierno de Zapatero inauguró la política de recortes, la influencia de la coalición de izquierdas podía hacer girar quizás la tendencia, sobre todo  al contar  con el  aumento de los votos de IU y la caída del apoyo al PSOE, lo que elevaba aún más aquellas voces que pretendían hacer de la coalición liderada por Cayo Lara la SYRIZA española. Ahora, tras el decreto de recortes aprobado por la Junta, en el que se rebajan los sueldos de los empleados públicos entre otras cosas, se plantea un panorama totalmente desolador.

Izquierda Unida, tras las elecciones andaluzas, se enfrentaba al conocido dilema del prisionero. Si no pactaba, malo; y si pactaba, podía ser peor. El no pactar abría la puerta al PP, pero pactar podía escenificar lo que se conoce como “el abrazo del oso”, que se traduce en: o bien  el PSOE terminaría engullendo a IU, absorbiendo un  voto que  con el pacto se podría diluir entre ambas formaciones o, por el contrario,  IU  terminaría perdiendo un número considerable de voto críticos con el PSOE y con una ideología más izquierdista. Por ahora,  para algunos como, por ejemplo, el parlamentario de IU y alcalde de Marinaleda, Sánchez Gordillo, el pacto ha sido lo peor que se podía hacer.


La cuestión fundamental es que cuando uno reivindica en la calle, es posible que al llegar a las instituciones se encuentre con otra cosa. Por eso, es bueno siempre estar en la calle con la gente, pero saber gestionar en las instituciones la confianza depositada. Se supone que al realizar un programa electoral (un programa, para mí, es un elemento  crucial en política) se cuenta con expertos que pueden realizar un análisis muy realista de la situación en la que vivimos, y me consta que el programa de IU contenía medidas muy acertadas y estudiadas. Pero, quizás, faltó o falta un análisis detallado de ese lago inmenso y profundo que es la administración de la Junta de Andalucía. ¿Cuántas empresas, fundaciones, agencias, consorcios, cargos políticos, directores, gerentes… tiene a su cargo la Junta?, ¿no se puede reformar esa estructura reduciendo los cargos directivos?, ¿qué servicios prestan exactamente? La animadversión  por parte de los funcionarios hacia los llamados externos es cada vez mayor, y ésa es una situación que hay que arreglar urgentemente, sobre todo cuando, según todas las estimaciones y tal como estamos viendo, se van a ver en la calle más de 2000 técnicos dedicados a las políticas activas de empleo, entre orientadores, Agentes Locales de Promoción de Empleo y promotores de empleo (eso sin hablar de la cantidad de interinos que no van a ser contratados, debido al aumento de la jornada lectiva de los profesores). ¿Puede Andalucía, con un 30% de paro, prescindir de estos profesionales? ¿No se bajaban los sueldos para garantizar el empleo? La Junta de Andalucía culpa al gobierno central, el gobierno a la Junta, todos a la Unión Europea y, una vez más, el ciudadano se desapega de la política porque ve que todo sigue igual y que el poder termina por darle la espalda.


IU todavía puede y debe hacer mucho en la administración andaluza, para eso cuenta con un capital de votos importante y con una proyección de aumento y, sobre todo,  con la vista puesta de muchísima gente del ámbito progresista. El margen de maniobra es escaso, sobre todo en una economía tan globalizada. Una vez más, ante el dilema del prisionero, el fracaso de IU puede llevar a que el voto contestatario se diluya, apareciendo formas populistas de extrema derecha que, con un mensaje antipolítico y antistablishment, pueda encandilar a las clases populares hacia un contexto todavía peor. En Francia, el Frente Nacional tiene más apoyo de la clase obrera que el Frente de Izquierdas. ¿Puede recrearse una situación similar en España?

miércoles, 20 de junio de 2012

¿QUÉ SON LOS NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO?

En el estado de crisis en el que nos encontramos, muchas voces se elevan pidiendo un cambio en el modelo productivo. No hace mucho hablamos de desarrollo local y hoy nos centraremos en lo que se conoce como: los  Nuevos Yacimientos de Empleo.
Los Nuevos Yacimientos de Empleo hacen referencia a un concepto que se utilizó por primera vez en el documento “Crecimiento, competitividad y empleo. Retos y pistas para entrar en el siglo XXI” (COM (93) 700), presentado en 1993 por la Comisión Europea a solicitud del Consejo. También se conoce como el  “Libro blanco de Delors” , en referencia a Jaques Delors, presidente de la Comisión europea por esas fechas.

Los Nuevos Yacimientos de Empleo son aquellos nichos de mercado que surgen a raíz de las diferentes transformaciones sociales y tecnológicas que se van viviendo en el mundo actual y que generan unas demandas que necesitan ser cubiertas. Entre esas transformaciones, se encuentran la incorporación de la mujer al trabajo, las nuevas tecnologías o el envejecimiento de la población. Las características de estos NYE son:

  • Cubren necesidades sociales insatisfechas.
  • Se configuran en mercados incompletos.
  • Tienen un ámbito de producción o prestación localmente definido.
  • Tienen un alto potencial en la generación de puestos de trabajo.

¿Qué ámbitos serían los propios de estas posibilidades laborales? Pues muy sencillo, paso a enumerarlos:


• Servicios de la vida diaria: servicios a domicilio; cuidado de niños; nuevas tecnologías de la información y de la comunicación (NTIC); ayuda a los jóvenes con dificultades de inserción.

• Servicios de mejora del marco de la vida: mejora de la vivienda; seguridad; transportes colectivos locales; revalorización de los espacios públicos urbanos; comercio de proximidad.

• Servicios culturales y de ocio: turismo rural y cultural; sector audiovisual; valorización del patrimonio cultural; desarrollo cultural local; deporte.

• Servicios de medioambiente: gestión de los residuos; gestión del agua; protección y mantenimiento de las zonas naturales; normativa y control de la contaminación; control de la energía.


Hasta ahora quedan claros cuales son los sectores que se consideran potencialmente como grandes generadores de empleo. Sin embargo, también cabe destacar los principales obstáculos que impiden que los NYE generen todo el empleo que podrían.


Obstáculos:


  • Por parte de la demanda: las familias de menor renta señalan la carencia de recursos económicos suficientes para consumir los servicios. Suelen considerar que éstos son caros, pero ello a menudo se debe a que estas personas no están habituadas a pagar por la satisfacción de una necesidad que, tradicionalmente, solía cubrirse de forma autónoma y gratuita desde dentro del hogar (por ejemplo, el cuidado de los niños o mayores dependientes).

  • Por parte de la oferta: las familias de rentas más altas, a la hora de  satisfacer en el mercado sus nuevas necesidades, encuentran una  oferta limitada  ligada a una  insuficiente calidad de los servicios demandados. Además, se puede dar:

    • Competencia con las actividades de economía sumergida.
    • Las dificultades de acceso a la financiación para el inicio de las actividades.
    • Problemas administrativos y legales.
A todo lo anterior  hay que sumar la falta de iniciativa emprendedora. Para poner en marcha los NYE, es necesario que existan emprendedores con formación y ganas de iniciar su propia aventura empresarial. 

lunes, 18 de junio de 2012

ELECCIONES EN GRECIA: UN PASO MÁS HACIA LA FRACTURA SOCIAL EN EUROPA

La victoria de Nueva Democracia con el 29,7% de los votos y 129 escaños (a menos de  3 puntos porcentuales del segundo grupo político, SYRIZA, que obtuvo el 26,9%, y 71 escaños), no es tan buena noticia como intentan exponer desde el establishment  político, económico y mediático de Europa. Aún diría más, es otro paso hacia la destrucción paulatina de un  modelo social del estado que se creó para evitar conflictos sociales. Cuatro años de crisis demuestran que el sistema se diluye dando trompicones de un lado a otro. Esto no puede terminar bien, a  pesar de que todos dijeran que si ganaba la izquierda de SYRIZA en Grecia vendría el Apocalipsis. Esto último tiene gracia, cuando fue la derecha griega la que falseó las cuentas y las cifras de déficit para poder entrar en la moneda única. Vivir para ver.
 
 
Que gane la derecha en Grecia y termine pactando con el Partido Socialista Griego (PASOK), ambos defensores de los recortes impuestos desde Bruselas, demuestra a los mercados que, bajo un clima de miedo, los ciudadanos son capaces de tragar con cualquier cosa. Por eso, considero que no van a terminar los recortes, ni la crisis de deuda, ni las tensiones de nuestra prima de riesgo; simplemente, cuando alguien se levante en contra de la austeridad y a favor del crecimiento, todos los medios lo acusarán de querer un sistema peor. El miedo sólo sirve al que tiene algo que perder, a los que no tienen nada. La solución es bien distinta. ¿Hasta cuando se podrá aguantar?
 
 
Las fuerzas contrarias al memorándum en Grecia han obtenido buenos resultados, siendo SYRIZA un refrescante impulso al ideario de izquierda que, con todo el aparato del poder en contra, ha conseguido multiplicar su número de votos hasta situarse en segundo lugar en la carrera electoral. La bipolaridad en la sociedad griega, reflejo de lo que podría pasar aquí en España dentro de muy poco entre partidarios de los recortes y no partidarios, entre excluidos y no tan excluidos, no sólo provoca una fractura social, sino que puede tener un desenlace violento y dramático. No quiero centrarme mucho en los resultados de la extrema derecha -“Amanecer dorado”- que obtiene el 6,92% de los votos y 18 escaños, puesto que creo que está siendo un experimento reaccionario que cuenta todavía con poco apoyo social; eso sí, es muy violento y empieza a ser demasiado mediático. Hay que estar muy atentos a su desarrollo.
 
 
Si los ciudadanos,  a través de los canales de participación democrática, no damos un golpe en la mesa, la crisis y sus medidas antisociales irán carcomiendo la convivencia social poco a poco hasta que todo se derrumbe como el castillo de naipes que es. Duda siempre de los que te dicen que sólo existe una única salida.

martes, 12 de junio de 2012

PRESTACIONES POR DESEMPLEO: QUÉ OCURRE SI ESTOY COBRANDO LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO Y COMIENZO A TRABAJAR POR CUENTA AJENA

Cuando estamos trabajando por cuenta ajena y nos quedamos en situación de desempleo, tendremos derecho -siempre que hayamos trabajado más de un año- a una prestación por desempleo de tipo contributivo cuya duración oscilará en función del tiempo trabajado. Sin embargo, las preguntas clave son: ¿qué pasa si cobramos la prestación y empezamos un nuevo trabajo?, ¿qué le sucede a nuestra prestación? Pues si te encuentras ante esta duda, pueden ocurrir dos cosas:
 
 
  • Si estás cobrando la prestación por desempleo y te hacen un contrato inferior a 360 días, cuando finalices el contrato puedes reanudar la prestación que interrumpiste antes del trabajo.
  • Si, por el contrario, te hacen un contrato igual o superior a 360 días,  cuando finalice el contrato tendrás dos posibilidades:

Ø  Volver a cobrar la prestación que interrumpiste antes de empezar el contrato nuevo solicitando, en el plazo de 10 días desde el reconocimiento de la prestación,  el derecho inicial por el periodo que le restaba y las bases, porcentaje y topes que le correspondían.
Ø  Solicitar una nueva prestación contributiva generada por las nuevas cotizaciones efectuadas

Como puedes ver, si solicitas la prestación por desempleo y te contratan por un tiempo igual o superior a 360 días, no se suma el tiempo que te queda de prestación al que cotizas con el nuevo contrato. Por lo tanto, tienes que elegir uno u otro.
Con la nueva reforma laboral, a partir del pasado mes de febrero de 2012,  si el trabajo por cuenta ajena a tiempo completo se realiza en virtud del contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a emprendedores, se podrá compatibilizar a opción del trabajador, con la percepción del 25% de la prestación contributiva que estuviera percibiendo y que tuviera pendiente de consumir en el momento de la contratación. Para ello, se deben cumplir los siguientes requisitos:
  • Que, efectivamente, el contrato de trabajo que se ha suscrito corresponde con el modelo de contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a emprendedores.
  • Que a fecha de inicio del contrato se ha percibido la prestación por desempleo contributiva durante al menos tres meses.
  • Que hasta la fecha de alta en Seguridad Social como consecuencia de la suscripción de dicho contrato, el trabajador ha sido perceptor de la prestación contributiva.

viernes, 1 de junio de 2012

EL PODER JUDICIAL EN ESPAÑA

A raíz de los polémicos viajes del presidente del Tribunal Supremo a Marbella , he decidido analizar lo que dice la Constitución española sobre el poder judicial. Es interesante.
El poder judicial se regula en el artículo VI de la Constitución española. Ahí podemos leer que:
Artículo 117: “1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del
Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley”.
Sí, han leído bien, la justicia emana del pueblo y se administra por jueces y magistrados. Dentro de las estructuras de un estado democrático, la justicia es vital; de ahí que se intente asegurar la independencia y el sometimiento al imperio de la ley. Pero la independencia, ¿es real?
Sigamos analizando el poder judicial. Esta vez vayamos a los órganos superiores: el Consejo Superior del Poder Judicial y el Tribunal Supremo.
El Consejo Superior del Poder Judicial es el órgano de gobierno del poder judicial, tal y como expone el artículo 122.2 de la Constitución:
122.2: “El Consejo General del poder judicial es el órgano de gobierno del mismo. La ley orgánica establecerá su estatuto y el régimen de incompatibilidades de sus miembros y sus funciones, en particular en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario.
3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión”.
 De nuevo, nos encontramos con algo digno de mención: de 20 miembros, aquí queda claro que 4 son elegidos a propuesta del Congreso y 4, a propuesta del Senado. Pero si miramos en la página del CGPJ, observamos lo siguiente:
El Consejo General del Poder Judicial es un órgano colegiado compuesto por:
  • Veinte miembros, llamados vocales, nombrados por el rey, elegidos por las Cortes Generales (Congreso y Senado) entre jueces y juristas de reconocida competencia.
  • Un presidente, designado por el Pleno del Consejo en su sesión constitutiva. Es elegido entre miembros de la Carrera Judicial o juristas de reconocida competencia.
Por lo tanto, esos 12 miembros elegidos entre Jueces  y Magistrados también son seleccionados por las Cortes Generales; en concreto 6 por el Congreso y 6 por el Senado. Para verlo de forma más gráfica, os dejo un cuadro resumen que facilita el CGPJ.



 La mayoría  se consigue, casi siempre, sumando los votos del bipartidismo reinante. ¿Independencia judicial? ¿Separación de poderes? Lanzo estas preguntas. Pero esto no queda aquí. Qué tal si vemos lo que dice la constitución sobre el Tribunal Constitucional, máximo garante del cumplimiento de la Carta Magna, en el título IX:
“Artículo 159: El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial”.
Vemos que en el sistema de elección tiene mucho que decir el  poder político. Lo que llaman consenso, no es otra cosa que un acuerdo entre el PSOE y el PP, convirtiendo  estos órganos judiciales  en  un campo de división e influencia de sus propias organizaciones. Aunque los jueces no puedan militar en ningún partido, sí tienen ideología.
Todo este análisis me sirve para criticar los comentarios del Ministro de Justicia, que se ha negado a que Dívar -el polémico presidente del Tribunal Supremo y Consejo Superior del poder Judicial- dé explicaciones en el Parlamento. Alude el ministro a la teórica  división de poderes. Después de lo visto, ¿es cierto? Si estos órganos  tienen a  sus  componentes elegidos  por las Cortes Generales, ¿no deberían sus miembros dar explicaciones en ellas cuando surge alguna polémica como ésta? Ahí dejo la pregunta.

Diez obras de teatro que no me canso de recomendar

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