sábado, 11 de febrero de 2012

LA REFORMA LABORAL




Se ha aprobado otra reforma laboral por parte del gobierno actual. Aunque esperaremos a ver la normativa publicada el en BOE para seguir analizándola, podemos atisbar ciertas medidas que merecen ser resaltadas:


 Se crea un nuevo tipo de contrato indefinido con una bonificación de 3000 euros para empresas de hasta 50 trabajadores y autónomos que contraten un joven menor de 30 años.

 Mientras la tasa de paro esté por encima del 15%, existirá un contrato para la formación y el aprendizaje con una edad máxima de 30 años.

 Se recupera la prohibición de encadenar contratos de forma consecutiva más allá de 24 meses.

 La indemnización por despido improcedente, antes situada en 45 días por año trabajado, pasa a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. El despido por causas objetivas se sitúa en 20 días por año trabajado. Este último despido será el prioritario, por lo que el trabajador tendrá que ir al juzgado para reivindicar que su despido ha sido improcedente.

 La reforma elimina las autorizaciones administrativas de los expedientes de regulación de empleo.

 Se cambia la negociación colectiva. Los convenios colectivos de empresa serán prioritarios, por encima de los convenios superiores.

 Las empresas de trabajo temporal podrán ejercer como agencias de colocación. Esto viene cambiando desde la anterior reforma del gobierno de Zapatero, puesto que antes las agencias de colocación no podían tener fines de lucro.


A grandes rasgos, éstas son algunas de las medidas más comentadas de la reforma laboral. Se abarata el despido, lo que facilita la salida de los trabajadores de la empresa, pero todavía está por ver si fomentará la contratación. Y esto es así porque las empresas, para contratar gente, tienen que vender y en un país donde la mayoría del tejido empresarial es PYME, las medidas de disminución de las inversiones públicas, la bajada de salarios y la falta de crédito, no parece que mejoren su cuenta de resultados y, por extensión, su capacidad de contratar. La reforma laboral en sí no crea empleo; habrá que esperar un tiempo para comprobar qué resultados tiene.

Se ha establecido -y puedo entenderlo en parte- que es preferible un mal empleo a no tener empleo. Pero esta lógica precariza el trabajo cada vez más, lo cual es también nocivo para una sociedad democrática desarrollada. ¿Cuál es vuestra opinión de la reforma laboral?


Podéis consultar el texto de la reforma laboral pinchando aquí.

3 comentarios:

  1. Pero esta ley sirve para los que despidan apartir desde la fecha de publicacion en el boo?, los que supuestamente estamos en tramites esta ley le repercute Ejemplo: si yo tengo juecio improcente despido en marzo ? gracias

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  2. Pues no lo sé, supuestamente si el contrato es anterior a la entrada de la reforma, el despido establecido en esta nueva ley le afectaría en los días trabajados después de la entrada en vigor. Por ejemplo, si llevo cinco años trabajados y me despiden el año que viene por despido improcedente, me calcularían la indemnización de esos cinco años por un lado atendiendo a la anterior reforma y del año siguiente atendiendo a la nueva. Creo que es así, pero mejor es consultar directamente a un experto.(abogado, Servicio Público de Empleo Estatal, sindicato...)Yo todavía tengo que estudiármela mejor.

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  3. Si esto es injusto, despues llevo 15 años a 8 horas y 5 a 4 horas, y cuando te despiden resulta que no te hacen una media sino te pagan liquidacion sobre el ultimo año que has trabajado, ya algunos padres como yo no tenemos nada que perder, esto si sigue haci o el sr rajoy no cierra los ojos se puede formar.. ellos seran los culpables en hundir a españa

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