Ante el debate surgido sobre el contrato único en España -polémica abierta
por el comisario europeo para el empleo
- he decidido analizar los
tipos de contratos que tenemos en nuestro país.
Según podemos ver en la página del Servicio público de Empleo Estatal , en España los contratos se
dividen en cinco grandes áreas. A saber:
- Indefinidos
- Formativos
- De duración determinada
- Para personas con discapacidad
- Otros
Los indefinidos se dividen a su vez en:
Los formativos se
dividen en:
- Contratos en prácticas.
- Contratos para la formación y el aprendizaje.
- Contratos a tiempo parcial con vinculación formativa.
Todos ellos los podéis encontrar pinchando
aquí:
Los de duración
determinada se
dividen en:
- De duración determinada, que agruparía a su vez una amplia variedad de contratos que encontrareis aquí
- Temporales bonificados. Más información:
Los contratos para personas con discapacidad se dividen en:
- Contrato de trabajo indefinido para la contratación de personas con discapacidad.
- Contrato de trabajo indefinido para personas con discapacidad procedente de enclaves laborales.
- Contrato de trabajo temporal.
- Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje de personas con discapacidad
- Contrato en prácticas.
- Contrato de trabajo de interinidad para sustituir bajas por incapacidad temporal de personas con discapacidad.
- Conversión del contrato de trabajo temporal en indefinido para personas con discapacidad que trabajen en los Centros Especiales de Empleo.
- Comunicación de conversión en indefinido del contrato de trabajo temporal para personas con discapacidad.
- Contrato de trabajo por el que se regula la relación laboral de carácter especial de las personas con discapacidad que trabajen en Centros Especiales de Empleo.
- Solicitud de declaración de excepcionalidad y medidas alternativas. (R.D. 364/2005 de 8 de abril. BOE, 20 de abril )
Otros contratos agruparían los siguientes:
- De relevo.
- Para la investigación.
- De sustitución por jubilación anticipada.
- Otros contratos de trabajo.
- Medidas de apoyo al mantenimiento del empleo.
- Servicio del hogar familiar.
Y yo me
pregunto: es cierto que existen muchos tipos de contratos, sólo hay que ver
toda la información anteriormente expuesta, pero el contrato único, ¿eliminaría
todos?, ¿eliminaría las bonificaciones a los colectivos en riesgo de exclusión
social? Lanzo esas preguntas al aire. El contrato único me parece un
experimento, sin obviar la complejidad de la contratación laboral en España.
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