Acaba de entrar en vigor este nuevo año una interesante medida destinada a pymes y autónomos: estos podrán acogerse al denominado “IVA
de caja”. El objetivo es evitar que, con facturas sin cobrar, deban adelantar
el IVA a Hacienda, situación que agrava aún más la falta de liquidez debido a
la crisis.
Según fuentes gubernamentales, esta medida podrá beneficiar
a 1,3 millones de autónomos y 1 millón de pymes. Esta acción no está destinada
a todas las empresas, como es evidente al hablar de pymes. Sólo aquellas que tengan una cifra inferior a dos millones de euros
podrán acogerse al IVA de caja, frente al anterior IVA de devengo, en el
que se tenía que abonar el impuesto a Hacienda incluso sin haber cobrado la
factura.
Además, como podemos leer en la prensa, “las empresas que
contraten con pymes y autónomos sujetos al IVA de caja no podrán aplicarse la
deducción de este impuesto hasta que hayan pagado la factura, lo que, según el
Gobierno, supone un incentivo para que los clientes adelanten el pago de las
facturas, dado que cuanto antes lo hagan, antes podrán deducir el IVA soportado”.
Esta es una medida bastante importante de cara a las
pequeñas empresas y autónomos, sujetos que sufren más, si cabe, la escasez de
crédito. Pero, claro, habrá que preguntarse si es suficiente para facilitar la
liquidez. La respuesta es que no; mientras que las entidades de crédito tenganel grifo seco, el problema seguirá enquistado.
También entran en vigor nuevas medidas de tipo fiscal, como,
por ejemplo, las destinadas a las empresas con una facturación inferior a 10
millones de euros, que podrán deducirse hasta un 10% de los beneficios obtenidos en el periodo impositivo que se
reinviertan en la actividad económica. Es importante plantear que el ciclo
de ingresos-beneficios-inversión sea
una ecuación cuyo objetivo final consiga realimentar la actividad productiva
que, en última instancia, debe generar crecimiento económico y creación de
empleo. Reinvertir los beneficios en actividades especulativas, fruto de los
nuevos diseños financieros que, aunque vayan destinados a actividades altamente
lucrativas, no generan empleo, es una lacra con la que debemos bregar a estas
alturas del modelo económico en el que vivimos.
Por último, se plantea que “las deducciones por I+D+i que
puedan aplicarse en un ejercicio puedan recuperarse mediante un sistema de devoluciones,
que se empezará a aplicar ya en los gastos realizados en 2013, pudiéndose
empezar a cobrar en 2015; al tiempo que se establece un nuevo incentivo fiscal
en el IRPF (el 20% sobre una base máxima de 50.000 euros) a favor de los business
angels o de las personas interesadas en aportar solo capital para la inicio
de una actividad o capital semilla”.
Parece que este año las pymes tienen alguna que otra
novedad.
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