martes, 16 de julio de 2013

¿Qué es una moción de censura?



Tras el caso Bárcenas y la supuesta trama de financiación ilegal del PP en la que todavía estamos inmersos, llevamos unos días escuchando que la oposición piensa presentar una moción de censura ante el gobierno de Rajoy. Hoy me gustaría explicar qué es una moción de censura ayudando, empero, a comprender mejor este instrumento político diseñado para exigir responsabilidades políticas al gobierno de turno.  
Como he comentado, la moción de censura es una forma de control del Congreso de los Diputados al gobierno en la que, debido a una hipotética pérdida de confianza en el presidente,  los grupos de la oposición –o, incluso, diputados que apoyen al gobierno- deciden no esperar a las elecciones y poner en cuestión la legitimidad del presidente del gobierno.  Está claro que este tipo de acciones sólo se plantean en caso de urgencia o excepcionalidad. Personalmente, creo que la trama revelada por el caso Bárcenas es motivo suficiente para adelantar las elecciones, pero sólo es una opinión personal.
La moción de censura está regulada por el artículo 113 de la Constitución española. Os dejo el artículo:

Artículo 113
1. El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.
2. La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.
3. La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran cinco días desde su presentación. En los dos primeros días de dicho plazo podrán presentarse mociones alternativas.
4. Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones.

Como podemos ver, en el reglamento español lo que se concibe es una moción de censura constructiva. Esto quiere decir que, cuando se presenta, es necesaria la existencia de un candidato alternativo a la presidencia del gobierno.  Como en el Congreso de los Diputados hay 350 escaños, la décima parte necesaria para presentarla se establece en 35 diputados. Por lo general, en el caso de España, sólo el PSOE podría presentar una moción al ser el único grupo político que supera este número de escaños, lo que no quita que el resto de partidos políticos pudiesen apoyar la moción.
Es muy difícil que prospere una acción como ésta cuando el gobierno dispone de mayoría absoluta. 
 No se puede esperar que el partido que sostiene al presidente le vuelva la espalda. Pero, en caso de que se aprobara la moción de censura, el presidente del gobierno debería presentar su dimisión y se investiría presidente al candidato alternativo propuesto por la moción. Lo más probable, por lo menos  lo más lógico,  es que el nuevo presidente disuelva las cortes y convoque elecciones.

En los últimos 35 años se han presentado sólo dos mociones de censura: una en 1980 y otra en 1987. La primera, por parte del PSOE contra Adolfo Suárez; y la segunda, por parte de Alianza Popular, antecesor del PP, contra Felipe González.   ¿Veremos una tercera?

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